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MARTES 27 DE JULIO DE 2010

   
   
 
 
 
 
NOTICIA LEGAL DEL DÍA
 
MODIFICAN ARTÍCULOS DEL DECRETO SUPREMO QUE REGLAMENTA EL PROGRAMA ESPECIAL DE RECONVERSIÓN LABORAL - REVALORA PERÚ
   

Por medio del Decreto Supremo Nº 007-2010-TR, publicado el día de hoy, se ha dispuesto modificar los artículos 1, 2, 4, 6 y 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-TR, Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 021-2009, el cual crea el Programa Especial de Reconversión Laboral denominado Revalora Perú.

De esta manera, se ha establecido que el mencionado programa especial tiene el objeto de desarrollar acciones para promover el empleo y proteger la empleabilidad de los desempleados o de los trabajadores que se encuentran en riesgo de serlo como consecuencia de la crisis internacional o por efecto de procesos de modernización o cambios en los sectores económicos del país. Asimismo, lo serán las empresas afectadas por los mismos supuestos, que determinen su expansión o fortalecimiento mediante acciones de protección al empleo o mejora de empleabilidad de los desempleados o de los trabajadores en riesgo de serlo.

 

La focalización o prioridad de la intervención de este programa se dará en la atención de los trabajadores o desempleados con carga familiar afectados a consecuencia de la crisis internacional o por efecto de procesos de modernización o cambios en los sectores económicos del país.

El Ministerio de Trabajo establecerá los topes remunerativos aplicables a los trabajadores que accedan a dicho programa. Los beneficiarios podrán acudir al Servicio Nacional del Empleo, o al que haga sus veces, para solicitar el acceso al mismo; mientras que los desempleados o trabajadores en riesgo de serlo, podrán hacerlo individual o colectivamente.

Finalmente, se ha establecido que el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, podrá convocar a representantes de los trabajadores, empleadores y expertos en la materia para su participación en la ejecución del referido Programa Especial.
   
   
DISPOSITIVOS LEGALES PUBLICADOS EN EL A
Los suscriptores de “Gaceta Jurídica” podrán solicitarnos el envío –por correo electrónico– de los textos completos de las normas legales de interés general que, de modo sumillado, aparecen en la presente lista.

MARTES 27 DE JULIO DE 2010

PODER EJECUTIVO


DECRETOS DE URGENCIA

Autorizan transferencia financiera a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN para el financiamiento de la adquisición de combustible nuclear y otras acciones.
(D. U. Nº 051-2010) El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422908

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor del Pliego Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA.
(D. S. Nº 161-2010-EF) El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422909

MINISTERIO DE SALUD

Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de salud en las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Amazonas y San Martín.
(D. S. Nº 019-2010-SA) El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422914

MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

Modifican artículos del Decreto Supremo Nº 001-2009-TR, Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 021-2009, que crea el Programa Especial de Reconversión Laboral - PERLAB, denominado Revalora Perú.
(D. S. Nº 007-2010-TR) El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422915

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Modifican el TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y aprueban el “Método para la evaluación del cumplimiento de las obligaciones de las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones”.
(D. S. Nº 036-2010-MTC) El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422918


CONVENIOS INTERNACIONALES


Entrada en vigencia del Convenio suscrito con la República de Turquía para la Protección, Preservación, Recuperación y Restitución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Histórico Culturales, Resultantes del Tráfico, Exportación o Transferencia Ilícitos.
El Peruano, 27/07/2010; Pág. 422946

 

CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL A

En este cuadro el lector encontrará una relación de las normas legales que han sido derogadas, modificadas, precisadas, interpretadas, prorrogadas, suspendidas, etc., durante el presente día. Para mayor comodidad en la ubicación de las normas se ha preferido el orden por jerarquía jurídica. La columna de la izquierda contiene las normas legales derogadas o modificadas; la columna central indica la situación actual de la norma, y la columna de la derecha contiene las normas derogatorias o modificatorias, indicándose además el número de la página del Diario Oficial El Peruano
.


 

MARTES 27 DE JULIO DE 2010

NORMA MODIFICADA
O DEROGADA

SITUACIÓN ACTUAL DE LA NORMA

NORMA MODIFICATORIA
O DEROGATORIA

D.S. 001-2009-TR Decreto Supremo que crea el Programa Especial de Reconversión Laboral - PERLAB denominado también Programa Revalora Perú.
G.J. Tomo 184, 19/03/2009, £134

MODIFICADO:
Arts: 1, 2, 4, 6, 9

D.S. 007-2010-TR (Art.1) Modifican artículos del Decreto Supremo Nº 001-2009-TR, Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 021-2009, que crea el Programa Especial de Reconversión Laboral – PERLAB, denominado Revalora Perú.
El Peruano, 27/07/2010, pág. 422915

D.S. 020-2007-MTC Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones.
G.J. Tomo 164, 04/07/2007, £021

MODIFICADO:
TUO: Art. 196

D.S. 036-2010-MTC Modifican el TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y aprueban el “Método para la evaluación del cumplimiento de las obligaciones de las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones.
El Peruano, 27/07/2010, pág. 422918

D.S. 051-2003-RE Ratifican Convenio suscrito con Turquía para protección, preservación, recuperación y restitución de bienes culturales, arqueológicos, artísticos e histórico culturales resultantes de tráfico, exportación o transferencia ilícitos.
El Peruano, 08/04/2003

ESTABLECIDA VIGENCIA

OFICIO S/N Entrada en vigencia del Convenio suscrito con la República de Turquía para la Protección, Preservación, Recuperación y Restitución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Histórico Culturales, Resultantes del Tráfico, Exportación o Transferencia Ilícitos.
El Peruano, 27/07/2010, pág. 422946


 
 
 
 

 

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