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Empleadores de artistas deben inscribirse ante el ente administrador del Fondo de Derechos Sociales del Artista (08/14/2012)

Se ha precisado que todo aquel que desee contratar con un artista, intérprete o ejecutante debe previamente inscribirse ante el ente administrador del Fondo de Derechos Sociales del Artista y contar con su número de inscripción para consignarlo en el contrato.

Así se ha dispuesto mediante el Decreto Supremo Nº 087-2012-PCM, publicado el martes 14 de agosto de 2012, que modifica el artículo 27 del Reglamento de la Ley de del Artista, Intérprete y Ejecutante, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM. ...Ver más.

 
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