
No podrán actuar como miembros de mesa durante la consulta popular de revocatoria de autoridades el promotor de dicha consulta, el personero de las autoridades sometidas a la consulta popular, el personero de las organizaciones políticas a las cuales pertenecen las autoridades sujetas a la consulta, entre otros.
Así lo ha dispuesto la Oficina Nacional de Proceso Electores (ONPE) mediante la Resolución Jefatural N° 134-2012-J/ONPE, publicada el sábado 04 de agosto de 2012, emitida a fin de coadyuvar con la transparencia y neutralidad del proceso electoral. ...Ver más.
|