|
|
|
| |
| |
|
 |
|
DICTAN MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES EN EL AÑO LECTIVO 2008
Resolución Ministerial N° 092-2008-ED
(20/02/2008)
|
Mediante la Resolución Ministerial N° 092-2008-ED, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se aprueba en forma excepcional y por única vez, que aquellos profesores que participen en la prueba de conocimientos y capacidades en el proceso del concurso público para nombramiento docente, autorizado por la Ley N° 28649, y que obtengan el puntaje mínimo de 55/100 puntos, podrán postular para ser contratados como docentes en el año lectivo 2008, sin necesidad de cumplir con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2008-ED. |
|
|
Esta última norma, aprobó las “Políticas Sectoriales para la contratación de personal docente en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva” , y estableció como requisito fundamental para ser contratado como docente a partir del año lectivo 2008 en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Técnico – Productiva ser profesor egresado, dentro del tercio superior del cuadro de méritos promocional de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria y Facultades de Educación de las Universidades del País.
Lo establecido en la norma bajo comentario, será de aplicación en aquellas Direcciones Regionales de Educación en que no se haya llevado a cabo el proceso de contratación de acuerdo a lo dispuesto en el Directiva N° 004-2008-ME/SG-OGA-UPER, aprobada por Resolución Jefatural N° 050-2008-ED así como en aquellas Direcciones Regionales de Educación que habiendo realizado el proceso de acuerdo a lo señalado para la primera etapa en la referida Directiva, no se hayan cubierto la totalidad de plazas vacantes. |
Por Sara Campos Torres
Abogada. Asesora en Derecho Laboral de Gaceta Consultores S.A
|
|
| |
| |
| |
|
APRUEBAN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
Decreto Supremo N° 027-2008-EF
(20/02/2008)
|
Mediante la citada norma se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Oficina de Normalización Previsional – ONP el cual consta de cinco (5) títulos y setenta y siete (77) artículos, con la finalidad de actualizar y modificar la organización y funciones que realicen las diversas áreas de dicha institución, así como proporcionar elementos técnico-normativos necesarios para su adecuado funcionamiento.
Dicho Reglamento será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Oficina de Normalización Previsional ( www.onp.gob.pe). |
|
|
Asimismo, la presente norma otorga un plazo de sesenta (60) días hábiles para la elaboración y presentación del Cuadro para Asignación de Personl adecuado a este nuevo Reglamento.
Finalmente, se otorgan facultades al Titula de la Oficina de Normalización Previsional – ONP, para que disponga las medidas necesarias para la adecuación al nuevo Reglamento de Organización y Funciones. |
| |
Por Sara Campos Torres
Abogada. Asesora de Derecho Laboral en Gaceta Consultores S.A
|
|
| |
|
| |
|
|
MODIFICAN EL TUPA DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución Ministerial Nº 055-2008-TR
(20/02/2008)
|
Con la presente resolución ministerial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha modificado los requisitos de los procedimientos consignados en los numerales 37, 38, 39, 40, 41, 48, 108, 109, 110, 111, 112 y 113, los cuales están referidos a trámites sobre registro de contratos a tiempo parcial, sujetos a modalidad, de trabajo a domicilio, así como de las diferentes modalidades formativas laborales, tales como aprendizaje, prácticas profesionales, capacitación laboral juvenil, entre otros procedimientos. |
|
|
Como principales modificaciones podemos citar las siguientes:
- En el caso de los contratos de trabajo a tiempo parcial, sujetos a modalidad (a plazo fijo) y de trabajo a domicilio se requerirá, en todos los casos, la presentación de una Declaración Jurada que contenga la relación de contratos, más un CD conteniendo los contratos de trabajo.
- Para el caso de registro y prórroga de convenios referidos a modalidades formativas laborales, tales como aprendizaje, prácticas profesionales, capacitación laboral juvenil y pasantía, también se exige la presentación de una Declaración Jurada con la relación de los convenios a registrar más un CD conteniendo dichos convenios, similar que el punto anterior.
Con estas modificaciones, se entiende que los empleadores ya no deberán presentar en físico los ejemplares de los contratos y convenios, sino que en adelante lo harán por medios informáticos, según lo expuesto.
Por otro lado, la vigencia -y consecuente exigibilidad de los nuevos requisitos- se inicia a partir del 1 de abril de 2008, sin embargo, los usuarios podrán, a su decisión, acogerse y presentarlos desde ya, a partir del día siguiente de publicada esta resolución. |
| |
Álvaro García Manrique
Abogado. Asesor de Derecho Laboral de Gaceta Consultores S.A
|
|
| |
| |
|
ACTUALIZAN EL LISTADO DE OCUPACIONES BÁSICAS Y OPERATIVAS CORRESPONDIENTES A LA MODALIDAD FORMATIVA LABORAL DE “CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL”
Resolución Ministerial Nº 054-2008-TR
(20/02/2008)
|
Conforme lo establece el artículo 17º del Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, es función del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actualizar el listado de ocupaciones pasibles de ser cubiertas por jóvenes incorporados mediante la modalidad formativa de Capacitación Laboral Juvenil. De esta manera, con la presente resolución ministerial se actualiza el referido listado en los términos del Anexo Nº 01, que integra la norma bajo comentario. |
|
|
Ver anexo adjunto
|
| |
Álvaro García Manrique
Abogado. Asesor de Derecho Laboral de Gaceta Consultores S.A
|
|
| |
|
|
|
EMITEN REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS
Decreto Supremo Nº 012-2008-EM
(20/02/2008)
|
En virtud del Decreto Supremo Nº 012-2008-EM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Energía y Minas ha aprobado el Reglamento de participación ciudadana para la realización de actividades de hidrocarburos. La emisión de este Reglamento respondería al deber del Estado de promover el pleno ejercicio de los derechos sociales, económicos y culturales de la ciudadanía, es decir, con la medida adoptada se intentaría involucrar -directa o indirectamente- la participación de manera organizada de la población en la toma de decisiones por parte del Estado sobre la viabilidad de proyectos referentes a la realización de actividades con hidrocarburos, como la exploración, explotación, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización o distribución de este recurso. |
|
|
Es preciso recalcar que con ella, aparte de promoverse una mayor participación ciudadana, se fortalecería el derecho de acceso a la información que gozan cada uno de los ciudadanos, cooperando en forma paralela en proveer a la autoridad competente la información suficiente que pueda orientar una adecuada toma decisión sobre la gestión ambiental próxima a realizarse.
De esta forma, el mencionado proceso de participación ciudadana se concretizará mediante mecanismos de consulta realizados durante la elaboración y evaluación de los estudios ambientales y posterior a la aprobación de los mismos, teniendo a PERUPETRO S.A (Empresa Estatal de Derecho Privado del Sector Energía y Minas) como el encargado de conducir dicho proceso.
Al inicio de la etapa relacionada a la suscripción de los contratos, PERUPETRO S.A deberá realizar eventos presenciales, con el objeto de conocer las percepciones locales respecto al proyecto que se prevé ejecutar, para que posteriormente las observaciones y opiniones planteadas sean remitidas al Registro de Actuaciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE), a efecto de ser evaluados y merituados en el proceso de evaluación de los Estudios Ambientales que presenten las contratistas.
En referencia a la etapa de elaboración y evaluación de los estudios ambientales, se disponen mecanismos de participación obligatorios, como son los talleres informativos y las audiencias públicas; y mecanismos alternativos de acuerdo a la magnitud, área de influencia, complejidad del proyecto, entre otros factores más.
Teniendo presente que la información recabada servirá para la elaboración del Plan de Participación Ciudadana, el cual debe ser aprobado previamente por el DGAAE, los titulares de los proyectos deberán ejecutar las medidas formuladas en dicho plan a fin de una posterior aprobación de los Estudios Ambientales que se deben de realizar.
Con ello, el Plan de Participación Ciudadana, será una de las principales herramientas informativas en donde se manifieste la participación de la población, específicamente en programas como monitoreos y vigilancias ciudadanas de los impactos sociales y ambientales derivados de la ejecución del proyecto de hidrocarburos.
Finalmente, también se prevén mecanismos de participación ciudadana posteriores a la aprobación del estudio ambiental, como por ejemplo programas de monitoreo y/o vigilancia ciudadana y/o establecimientos de oficinas de información teniendo presente las características particulares de cada caso. |
| |
Maribel Málaga Alaluna
Miembro de la División de Estudios Legales de Gaceta Jurídica S.A.
|
|
| |
|
 |
|
|
|
| |
| |
|
 |
DISPOSITIVOS LEGALES PUBLICADOS EN EL DIA |
| Los suscriptores de Gaceta Jurídica podrán solicitarnos el envío por correo electrónico de los textos completos de las normas legales de interés general que, de modo sumillado, aparecen en la presente lista. |
|
MIÉRCOLES 20 DE FEBRERO DE 2008
|
|
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Oficializan campaña de vacunación contra rabia de los herbívoros en zonas o áreas de riesgo de diversos departamentos del país para el año 2008.
(R.D. Nº 002-2008-AG-SENASA-DSA), El Peruano, 20/02/08, pág. 366927.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Otorgan seguridades y garantías del Estado en respaldo del contrato de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a celebrarse con Telefónica Móviles S.A.
(D.S. N° 026-2008-EF), El Peruano, 20/02/08, pág. 366929.
Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Provisional.
(D.S. N° 027-2008-EF), El Peruano, 20/02/08, pág. 366930.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Dictan medidas excepcionales para la contratación de docentes - año lectivo 2008, complementarias al D.S. N° 004-2008-ED.
(R.M. N° 092-2008-ED), El Peruano, 20/02/08, pág. 366931.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Aprueban Reglamento de participación ciudadana para la realización de actividades de hidrocarburos.
(D.S. N° 012-2008-EM), El Peruano, 20/02/08, pág. 366931.
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Establecen régimen excepcional y temporal de beneficios de pago de multas administrativas. (D.S. N° 006-2008-PRODUCE), El Peruano, 20/02/08, pág. 366938.
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Actualizan el listado de ocupaciones básicas y operativas - Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil.
(R.M. Nº 054-2008-TR), El Peruano, 20/02/08, pág. 366942.
Modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
(R.M. Nº 055-2008-TR), El Peruano, 20/02/08, pág. 366948.
|
PODER JUDICIAL |
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Implementan el “Programa Nacional de Auditoría Procesal de Expedientes con participación de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas del país”.
(Res. Adm. Nº 037-2008-CE-PJ), El Peruano, 20/02/08, pág. 366959.
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Constituyen Comisión encargada del análisis y estudio del Proyecto sobre el “Nuevo Código Procesal del Trabajo”.
(Res. Adm. Nº 070-2008-P-CSJLI/PJ), El Peruano, 20/02/08, pág. 366960.
|
|
|
| |
 |
|
|
| |
|

|
CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS |
 |
En este cuadro el lector encontrará una relación de las normas legales que han sido derogadas, modificadas, precisadas, interpretadas, prorrogadas, suspendidas, etc., durante el presente día. Para mayor comodidad en la ubicación de las normas se ha preferido el orden por jerarquía jurídica. La columna de la izquierda contiene las normas legales derogadas o modificadas; la columna central indica la situación actual de la norma, y la columna de la derecha contiene las normas derogatorias o modificatorias, indicándose además el número de la página del Diario Oficial El Peruano.
|
|
|
| |
|
MIÉRCOLES 20 DE FEBRERO DE 2008
|
|
NORMA MODIFICADA
O DEROGADA |
SITUACIÓN ACTUAL
DE LA NORMA |
NORMA MODIFICATORIA
O DEROGATORIA |
R.S. 306-2001-EF Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP
G.J. Tomo 91, 28/06/2001, £246 |
DEROGADA |
D.S. 027-2008-EF (Única Disp. Compl. Derog.) Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £158
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366930 |
LEY 28649 Ley que autoriza el Concurso Público para nombramiento de profesores
G.J. Tomo 145, 14/12/2005, £123 |
PRECISADO:
Art. 1 inc. 1 |
R.M. 092-2008-ED Dictan medidas excepcionales para la contratación de docentes - año lectivo 2008, complementarias al Decreto Supremo 004-2008-ED
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £159
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366931 |
D.S. 004-2008-ED Aprueban “Políticas Sectoriales para la contratación de personal docente en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico - Productiva”
G.J. Tomo 170, 12/01/2008, £096 |
PRECISADO |
R.M. 092-2008-ED Dictan medidas excepcionales para la contratación de docentes - año lectivo 2008, complementarias al Decreto Supremo 004-2008-ED
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £159
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366931 |
D.S. 003-2000-EM Precisan que plazo para la aprobación de Estudios de Impacto Ambiental, no se considera dentro de los plazos fijados para desarrollar fases de exploración y explotación de hidrocarburos
G.J. Tomo 74, 28/01/2000, £186 |
MODIFICADO:
Art. 1 |
D.S. 012-2008-EM (1ra. Disp. Compl.) Aprueban Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £160
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366931 |
D.S. 007-2005-TR Aprueban Reglamento de la Ley 28518 "Ley sobre Modalidades Formativas Laborales"
G.J. Tomo 142, 19/09/2005, £134 |
ACTUALIZADO:
Anexo: Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas |
R.M. 054-2008-TR (art. único) Actualizan el Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas - Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £162
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366942 |
D.S. 016-2006-TR Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
G.J. Tomo 154, 15/09/2006, £094
El Peruano, 18/09/2006 |
MODIFICADO:
TUPA |
R.M. 055-2008-TR (art. 1) Modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
G.J. Tomo 171, 20/02/2008, £163
El Peruano, 20/02/2008, pág. 366948 |
|
| |
| |
 |
|
|
| |
| |
|
|
|
|
SERVICIO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES
|
 |
|
|
ACCESO GRATUITO AL CONTENIDO DE LOS TUPAs |
Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición el contenido de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPAs) vigentes de las principales entidades que integran la Administración Pública. Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto "Gaceta Jurídica Digital", Ud. solo debe ingresar al link de TUPAs que puede encontrar en nuestra página web (www.gacetajuridica.com.pe) o haciendo clic aquí , y luego digitar su clave de suscriptor (número de PIN correspondiente a enero 2008).
|
|
| |
 |
|
|
|
| |
|
| |
| |
Gaceta Jurídica S.A.
Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú
Central Teléfonica: (01) 710-8900 / Telefax: 241-2323
Email : ventas@gacetajuridica.com.pe |
| |
ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@gacetajuridica.com.pe en el asunto del mensaje indique "desuscribir" |
| |
|