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DICTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA EL USO DE LA “PLANILLA ELECTRÓNICA”
Resolución Ministerial Nº 020-2008-TR
(17/01/08)
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Mediante la Resolución Ministerial N° 020-2008-TR, publicada hoy, se establecen normas complementarias que precisan los alcances del uso de la Planilla Electrónica.
En ese sentido se ha dispuesto lo siguiente: |
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- En relación a la boleta de pago, todos los empleadores que se encuentren obligados a utilizar dicha planilla deberán entregar el original de la boleta de pago al trabajador, en un plazo máximo de tres días siguientes a la fecha de pago.
Asimismo, la referida boleta deberá contener los siguientes datos mínimos del empleador y del trabajador:
Datos del empleador |
Datos del trabajador |
- Apellidos y nombres, en el supuesto que sea persona natural, y razón social o denominación si se trata de una persona jurídica.
- Número de RUC
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- Periodo de pago
- Tipo y número de documento de identificación
- Tipo o categoría, para colocar esta información se deberá tener en cuenta la Tabla 8 del anexo 2, aprobado por R.M. Nº 205-2007-TR, o la categoría propia utilizada por el empleador.
- Régimen pensionario
- Código Único del Sistema Privado de Pensiones-CUSPP
- Fecha de inicio de la relación laboral
- Número de días efectivamente laborados
- Número de días subsidiados
- Número de días no laborados y no subsidiados
- Número de horas ordinarias
- Número de horas en sobretiempo
- Remuneraciones que se depositen
- Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo
- Descuentos
- Tributos y aportes a cargo del trabajador
- Tributos y aportes a cargo del empleador
- Reflejar de manera exacta el contenido del registro de control y asistencia, para determinar las horas laboradas
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- Los empleadores efectuarán el cierre de las planillas, llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR, a partir de enero 2009. Para ello deberán observar el cronograma que aprobará el Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo.
En ese sentido, las referidas planillas permanecerán abiertas durante el presente año y servirán exclusivamente para la rectificación de errores u omisiones vinculados a periodos anteriores a enero del 2008.
- Respecto a la rectificación o sustitución de la información contenida en la Planilla Electrónica, el empleador deberá tener en cuenta que si la declaración original se presentó utilizando el PDT Planilla Electrónica, la declaración sustitutoria o rectificatoria se efectuará a través del mismo medio, ingresando nuevamente todos los datos del concepto cuya declaración se sustituye, inclusive aquella información que no se desee rectificar o sustituir.
- Finalmente, durante los primeros seis meses del presente año, la fiscalización de la obligación de llevar la Planilla Electrónica será de carácter preventivo, es decir el Ministerio de Trabajo orientará y asesorará a los empleadores que incurran en error.
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Cynthia Mantilla Heredia
Asistente Laboral de Gaceta Consultores
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NOTICIA DEL DIA |
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ESTABLECEN NUEVA FORMA DE PRESENTACIÓN PARA LAS DECLARACIONES JURADAS DE LOS MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL Y APRUEBAN CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN EN EL USO DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE CONTROL JUDICIAL
Resolución de Jefatura Nº 002-2008-OCMA/PJ
(17/01/08)
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El Poder Judicial, en virtud de la Resolución de Jefatura Nº 002-2008-OCMA/PJ publicada hoy en el diario El Peruano, ha dispuesto que a partir del ejercicio anual 2008, la presentación de las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas de los magistrados del Poder Judicial deberá realizarse a través del Sistema Informático de Control Judicial, al cual podrán acceder a través de la página web de la OCMA – sección intranet (www.pj.gob.pe/ocma), para lo cual todos los magistrados recibirán sus usuarios y respectivas claves de acceso. |
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Por ello se recalca que, una vez asignadas estas, será de responsabilidad directa y absoluta del magistrado el uso tanto de su usuario así como de su respectiva contraseña, el cual es considerado como un equivalente a su firma, por lo que toda modificación o alteración de la información en las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas será responsabilidad absoluta del titular de la misma.
Además la norma en mención encarga al señor Mario Altamirano Gálvez, Coordinador de la Oficina de Bienes y Rentas de la OCMA, brindar una atención personalizada a los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República a fin de recepcionar sus Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, contando para ello con el apoyo de un equipo de trabajo que deberá disponer la Gerencia de Desarrollo de la OCMA, luego de recibir junto con el resto de personal asignado de las Cortes Superiores de todo el país una capacitación para el uso y manejo del Sistema Informático de Control, que se realizará del 14 al 25 de enero del año en curso conforme se detalla en el siguiente cronograma: (Ver aquí) |
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DISPOSITIVOS LEGALES PUBLICADOS EN EL DIA |
| Los suscriptores de Gaceta Jurídica podrán solicitarnos el envío por correo electrónico de los textos completos de las normas legales de interés general que, de modo sumillado, aparecen en la presente lista. |
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JUEVES 17 DE ENERO DE 2008
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PODER LEGISLATIVO |
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley que precisa el artículo 3° de la Ley N° 27415, Ley de Demarcación Territorial de la provincia de Tacna, departamento de Tacna.
(Ley N° 29189), El Peruano, pág. 364197
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MINISTERIO DE AGRICULTURA
Crean el Consejo Nacional de Seguridad del Abastecimiento Agroalimentario.
(D.S. N° 003-2008-AG), El Peruano, pág. 364202
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Dictan medidas complementarias para el uso de la “Planilla Electrónica”.
(R.M. Nº 020-2008-TR), El Peruano, pág. 364210
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PODER JUDICIAL |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la presentación de Declaraciones Juradas de los magistrados del Poder Judicial y aprueban cronograma de capacitación en el uso y manejo del Sistema Informático de Control Judicial.
(R.J. Nº 002-2008-J-OCMA/PJ), El Peruano, pág. 364218
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ORGANISMOS AUTÓNOMOS |
MINISTERIO PÚBLICO
Integran competencias de diversas Oficinas Desconcentradas de Control Interno y crean plazas fiscales.
(Res. Nº 014-2008-MP-FN-JFS), El Peruano, pág. 364220
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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS |
ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban Formatos de Solicitud a ser utilizados en provincias donde COFOPRI asume competencia sobre procedimientos de prescripción adquisitiva de dominio y regularización de tracto sucesivo.
(R.D. Nº 002-2008-COFOPRI/DE), El Peruano, pág. 364229
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CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS |
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En este cuadro el lector encontrará una relación de las normas legales que han sido derogadas, modificadas, precisadas, interpretadas, prorrogadas, suspendidas, etc., durante el presente día. Para mayor comodidad en la ubicación de las normas se ha preferido el orden por jerarquía jurídica. La columna de la izquierda contiene las normas legales derogadas o modificadas; la columna central indica la situación actual de la norma, y la columna de la derecha contiene las normas derogatorias o modificatorias, indicándose además el número de la página del Diario Oficial El Peruano.
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JUEVES 17 DE ENERO DE 2008
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NORMA MODIFICADA
O DEROGADA |
SITUACIÓN ACTUAL
DE LA NORMA |
NORMA MODIFICATORIA
O DEROGATORIA |
LEY 27415 Ley de Demarcación Territorial de la provincia de Tacna, Departamento de Tacna
G.J. Tomo 87, 03/02/2001, £025 |
PRECISADO:
Art. 3 |
LEY 29189 (art. único) Ley que precisa el artículo 3 de la Ley 27415, Ley de demarcación territorial de la provincia de Tacna, Departamento de Tacna
G.J. Tomo 170, 17/01/2008, £137
El Peruano, 17/01/2008, pág. 364197 |
D.S. 018-2007-TR Establecen disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”
G.J. Tomo 165, 28/08/2007, £212 |
PRECISADO |
R.M. 020-2008-TR Dictan medidas complementarias para el uso de la “Planilla Electrónica”
G.J. Tomo 170, 17/01/2008, £139
El Peruano, 17/01/2008, pág. 364210 |
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